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23 de diciembre de 2025 - 10:45
Política.

El Banco Central es obligado por la Justicia a informar el destino de los lingotes de oro

Estos fueron enviados al exterior. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal decidió revocar un fallo de primera instancia.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo anuló un fallo de primera instancia y exigió al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que proporcione información pública relacionada con el envío de lingotes de oro al exterior. La solicitud había sido presentada por la Asociación Bancaria amparándose en la Ley de Acceso a la Información Pública.

En su resolución, firmada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, la Sala V determinó que la entidad monetaria no ofreció argumentos suficientes para declarar la información como de “reserva total”, y concluyó que la negativa contravenía los principios de transparencia y difusión máxima.

La Justicia ordenó al Banco Central informar el destino de los lingotes de oro.

El tribunal determinó que la respuesta del Banco Central se sustentó en declaraciones vagas y generales y que no ofreció elementos suficientes para comprobar si la limitación al acceso a la información estaba justificada.

En ese marco, los jueces señalaron que “la forma en que la demandada respondió a los requerimientos resulta incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia”.

Pedidos de acceso a la información pública por el oro en las reservas del Banco Central

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo de primera instancia.

El caso surgió tras múltiples solicitudes de acceso a la información realizadas en julio y agosto de 2024, en las que se requerían detalles sobre posibles envíos de lingotes de oro al extranjero, las decisiones administrativas que los aprobaron, los funcionarios involucrados, los expedientes correspondientes, la contratación de seguros y la eventual participación de la sindicatura del BCRA.

En primera instancia, el recurso de amparo había sido desestimado, argumentando que los datos solicitados estaban cubiertos por las excepciones del artículo 8 de la Ley 27.275, bajo la idea de que su divulgación podría comprometer la seguridad de las reservas y el funcionamiento del sistema financiero. No obstante, la Cámara adoptó un enfoque diferente.

El fallo impuso las costas de ambas instancias al Banco Central, al resultar vencido en el proceso.

El fallo sostiene que “la configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado”, y enfatiza que corresponde al Estado demostrar de manera concreta que la difusión de los datos solicitados generaría un perjuicio a un interés legítimamente protegido.

Los magistrados también señalaron que el Banco Central no ofreció explicaciones suficientes sobre “por qué no podría informar si existieron las operaciones de envío de lingotes de oro al exterior y el monto involucrado, el ámbito en que se adoptó la decisión, la existencia de expedientes administrativos o la eventual notificación a la sindicatura”, entre otros aspectos considerados clave para el control público.

En línea con el dictamen del fiscal general, el tribunal ordenó al BCRA que entregue la información solicitada.

La Cámara enfatizó, además, que los datos solicitados están vinculados a “un asunto de indudable interés público”, como es la gestión de las reservas internacionales, y recordó que el derecho de acceso a la información se basa en el principio de máxima difusión.

Siguiendo la recomendación del fiscal general, el tribunal exigió al BCRA que proporcione la información requerida o, en su defecto, que explique de manera detallada y punto por punto por qué ciertos datos no pueden ser compartidos y de qué manera su divulgación podría afectar al sistema financiero o perjudicar los intereses del organismo.

Pedidos de acceso a la información pública por el oro en las reservas del Banco Central.

Además, el fallo determinó que el Banco Central debe asumir las costas de ambas instancias, al resultar vencido en el litigio.

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