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19 de diciembre de 2025 - 10:26
Economía.

Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias

Tras haber pasado para febrero del 2026 el proyecto de Reforma Laboral propuesto por el gobierno nacional, surgen estas dudas sobre Ganancias.

María Florencia Etchart
Por  María Florencia Etchart

El proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno obtuvo dictamen de mayoría en el plenario de comisiones del Senado, pero su tratamiento en el recinto fue postergado hasta febrero del próximo año. La decisión respondió a la negociación parlamentaria y a la relación de fuerzas entre el oficialismo y la oposición.

La demora abrió interrogantes sobre la aplicación de las exenciones en el impuesto a las Ganancias incluidas en la iniciativa, especialmente de cara al año 2026.

Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias
Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias

Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias

Qué pasará con las exenciones de Ganancias en 2026

Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, la respuesta se encuentra en el propio texto del proyecto. La iniciativa establece que las exenciones en el impuesto a las Ganancias tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2026, independientemente del momento en que la ley sea finalmente aprobada.

De este modo, si el Congreso sanciona la norma en febrero, marzo o más adelante, las exenciones se aplicarán de manera retroactiva al inicio del ejercicio fiscal 2026, siempre que se mantenga el texto actual.

El criterio de retroactividad del impuesto

Domínguez señaló que, incluso ante eventuales modificaciones, el principio general indica que el impuesto a las Ganancias es un impuesto de ejercicio, lo que habilita su aplicación retroactiva dentro del mismo período fiscal. No obstante, remarcó que en este caso la vigencia fue expresamente prevista en el proyecto para evitar controversias legales.

Recomendaciones ante decisiones de inversión

Más allá del encuadre legal, el especialista advirtió que quienes evalúan decisiones de inversión basadas en estas exenciones deberían actuar con cautela.

“Por una cuestión de prudencia, es recomendable esperar a que la ley sea aprobada para tener certeza de que las exenciones efectivamente entrarán en vigencia”, explicó. En caso de que el proyecto no se sancione o sufra cambios sustanciales, las inversiones realizadas bajo ese supuesto podrían quedar alcanzadas por el impuesto.

Qué dice el proyecto de reforma

El texto de la reforma introduce modificaciones relevantes en el impuesto a las Ganancias. Entre los principales puntos se destacan:

  • Actualización de quebrantos impositivos: a partir de los ejercicios fiscales que inicien desde el 1 de enero de 2025, las pérdidas fiscales podrán actualizarse por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

  • Exención de intereses de plazos fijos en moneda extranjera: alcanzará a personas humanas y sucesiones indivisas.

  • Alquileres de vivienda: se eximen las ganancias por alquiler de inmuebles destinados a casa habitación, aunque se elimina la deducción del 10% de los alquileres devengados para el locador.

  • Operaciones inmobiliarias: quedan exentos los resultados por venta de inmuebles y transferencia de derechos sobre inmuebles adquiridos desde el 1 de enero de 2018, tanto para personas humanas como para empresas.

Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias
Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias

Reforma Laboral: qué pasará con las exenciones de Ganancias

Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones

El proyecto también incorpora el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), orientado a promover inversiones nacionales y extranjeras y a fortalecer el desarrollo económico y las exportaciones. Está dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), así como a personas humanas con renta empresaria.

Las inversiones elegibles incluyen bienes muebles nuevos amortizables —con excepción de automóviles— y obras destinadas a actividades productivas, quedando excluidos los activos financieros y bienes de cambio.

Los montos mínimos de inversión previstos son:

  • USD 150.000 para microempresas

  • USD 600.000 para pequeñas empresas

  • USD 3,5 millones para medianas empresas tramo 1

  • USD 9 millones para medianas empresas tramo 2

Entre los beneficios fiscales se contempla un régimen de amortización acelerada en Ganancias, con distintos esquemas según el tipo de bien o actividad.

Mientras el debate legislativo se traslada a febrero, el contenido del proyecto continúa siendo clave para anticipar el impacto fiscal que podría tener en empresas e inversores a partir de 2026.

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