De acuerdo e los establecido por el Banco Central todos los resúmenes que ya vencieron y no fueron abonados quedan automáticamente refinanciados con el 43% de Tasa Nominal Anual, a un año y con tres meses de gracia. Esto quiere decir que el saldo se abonará en nueve cuotas y a partir del mes de agosto del 2020.
¿Cómo es el refinanciamiento?
La refinanciación se da de manera automática. Si al momento de la fecha del vencimiento el usuario no realizó un pago parcial o la cancelación de la deuda el banco aplica una automática refinanciación. Esta acción incluye a todas las tarjetas de créditos que vencen hasta el 30 de abril del corriente año.
¿Qué pasa si tengo débito automático?
El débito automático continuará funcionando sin ningún tipo de cambios, es decir que el banco descontará de su cuenta el monto correspondiente. L opcion que genera esta nueva medida es que el cliente, puede frenar el pago y acceder a la financiación automática del banco en nueve cuotas.
¿Hago el pago mínimo?
Las tasas de interés no son nada bajas, por lo tanto lo que recomiendan los especialistas es abonar todo lo que se pueda. De todas formas no es necesario realizar el pago mínimo para acceder a la nueva medida de refinanciamiento.
¿Cuánto termino pagando con la tasa del 43%?
La tasa que terminará pagando el cliente rondará en un 64%. Este no es un dato exacto porque depende de la carga impositiva de cada entidad bancaria o distrito.
Ante esta duda uno de los bancos mas grande dio el siguiente ejemplo: la tasa de interés es anual, corre desde el primer momento y el saldo de ese año de financiamiento se distribuye en cada una de las nueve cuotas.
Entonces si el saldo total es de $10.000, se debitarán a partir del cuarto mes, 9 cuotas de $1.509,93 aproximadamente. La primera cuota será aproximadamente de $1.544,70 y el cliente pagará $13.588,47 por cada $10.000 en el término de un año, es decir que pagará un 36% más.
¿La deuda es precancelable?
El cliente puede pagar el total o en partes, en cualquier momento. Los bancos no tienen autorización para cargar ningún tipo de cargo y sólo se debe cobrar intereses compensatorios hasta el día en el que se cancela la deuda.
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