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26 de agosto de 2025 - 10:11
Economía.

ANSES: quienes recibirán una ayuda económica en los últimos días de agosto

La seguridad social otorga este beneficio a trabajadores despedidos sin causa, y su monto depende de los aportes realizados durante su carrera laboral.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

En medio de un escenario económico desafiante, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece la Prestación por Desempleo, un respaldo fundamental para quienes atraviesan la pérdida de empleo. Este beneficio está destinado a trabajadores despedidos sin causa justificada o que hayan finalizado un contrato formal.

El objetivo es proporcionar un ingreso mensual que permita cubrir los gastos esenciales mientras buscan reincorporarse al mercado laboral.

Prestación por Desempleo de ANSES
Prestación por Desempleo de ANSES

Prestación por Desempleo de ANSES

El pago se realiza directamente en la cuenta bancaria registrada por el beneficiario, y su importe depende de los aportes acumulados durante la trayectoria laboral y del tiempo trabajado bajo relación de dependencia. En agosto de 2025, ANSES prevé otorgar este refuerzo durante los últimos días del mes. A continuación, se detallan los principales aspectos del beneficio.

Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES

La Prestación por Desempleo es un auxilio previsional destinado a trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justificada, cuya contratación haya finalizado o que se encuentren en situación de desempleo por causas ajenas a su voluntad, tal como lo establece la Ley N.º 24.013.

Los beneficiarios de la Prestación por Desempleo.

Para gestionar este beneficio, es necesario iniciar el trámite dentro de los 90 días posteriores al cese laboral y presentar ante ANSES la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en original y copia.
  • Comprobantes que acrediten el cese del empleo (original y copia), según corresponda:
    • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
    • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la finalización del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por el juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o publicación en el Boletín Oficial.
    • Resolución del contrato por denuncia del trabajador con justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el empleado.
    • No renovación de contrato a plazo fijo: copia del contrato vencido.
    • Fallecimiento del empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
    • Enfermedad o accidente laboral/no laboral al momento del cese: certificado médico de aptitud laboral que indique la posibilidad de desempeñarse en un trabajo compatible con su estado de salud.
El valor del SMVyM sirve para el cálculo de la Prestación por Desempleo.

Es importante recordar que, en caso de cruce de telegramas con el empleador y considerarse despedido, se deberá completar un trámite previo antes de solicitar la prestación.

Quiénes pueden acceder

Para poder percibir este beneficio, los empleados deben contar con un historial de aportes al sistema previsional por un período mínimo antes de quedar sin empleo. Además, se exige cumplir con las siguientes condiciones según el tipo de trabajador:

  • Empleados permanentes: haber registrado al menos 6 meses de aportes dentro de los últimos 3 años previos al despido o al término del contrato.
  • Trabajadores eventuales o de temporada: haber acumulado menos de 12 meses de aportes en los últimos 3 años, pero más de 90 días durante el año anterior a la finalización del empleo.
  • Trabajadores de la construcción: acreditar un mínimo de 8 meses de trabajo con aportes en los dos años anteriores al despido o a la conclusión de la obra.
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Cómo solicitar la prestación por Desempleo de ANSES

Trámite online

  • Accedé al portal “Mi ANSES” usando tu CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
  • Dirigite a la sección “Atención Virtual”.
  • Seleccioná la opción “Prestación por Desempleo”.
  • Informá el tipo de vínculo laboral que tenías antes de quedar sin empleo.
  • Subí tu DNI junto con los documentos exigidos (por ejemplo, telegrama de despido o carta de renuncia).
  • Completá la declaración jurada que solicita la plataforma.
  • Confirmá el envío y guardá el comprobante del trámite realizado.
Cuándo cobro ANSES agosto 2025.
ANSES difundió el calendario de pagos de julio 2025.

ANSES difundió el calendario de pagos de julio 2025.

Trámite presencial

  • Solicitar un turno previo en la plataforma oficial de ANSES.
  • Acudir el día asignado a la oficina elegida y presentar tu DNI junto con los documentos que acrediten la finalización del vínculo laboral.
  • Entregá la documentación al personal del organismo, que validará los datos y abrirá el expediente.

Monto de la Prestación por Desempleo en agosto

El importe de esta ayuda económica se determina tomando como referencia los ingresos anteriores del trabajador y la cantidad de meses cotizados al sistema previsional. ANSES informó que el pago mínimo equivaldrá al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), mientras que el máximo no excederá el 100% del mismo.

A partir del 1 de agosto de 2025, los valores quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Monto mínimo: 50% del SMVM, es decir, $161.100.
  • Monto máximo: 100% del SMVM, equivalente a $322.200.

El dinero se deposita directamente en una Caja de Ahorro de la Seguridad Social, administrada por ANSES en un banco, lo que garantiza un acceso seguro y sin costos adicionales para el beneficiario.

ANSES
ANSES anunció beneficios en sus prestaciones

ANSES anunció beneficios en sus prestaciones

Inicialmente, el titular puede retirar el monto en ventanilla de la sucursal asignada. Posteriormente, el banco le proveerá de una tarjeta de débito, con la que podrá operar en cajeros automáticos, realizar pagos, compras y utilizar los servicios digitales de la entidad.

Cuándo cobro la prestación por Desempleo de ANSES en agosto 2025

  • Documentos terminados en 0 y 1: viernes 22 de agosto
  • Documentos terminados en 2 y 3: lunes 25 de agosto
  • Documentos terminados en 4 y 5: martes 26 de agosto
  • Documentos terminados en 6 y 7: miércoles 27 de agosto
  • Documentos terminados en 8 y 9: jueves 28 de agosto

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