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12 de diciembre de 2025 - 20:08
Causa.

Denunciaron a la AFA por presunta apropiación indebida de tributos por más de $7.500 millones

La DGI acusó penalmente a la Asociación del Fútbol Argentino por retener impuestos y contribuciones sin depositarlos en los plazos legales.

Federico Franco
Por  Federico Franco

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó una denuncia penal contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social, una acusación que implica un perjuicio fiscal estimado en $7.593.903.512,23. La presentación sostiene que la entidad presidida por Claudio “Chiqui” Tapia retuvo impuestos y contribuciones correspondientes a distintos períodos, pero no los ingresó dentro del plazo legal de 30 días.

La denuncia fue firmada por Vanina Mariel Vidal, jefa interina de la Sección Penal de ARCA, y patrocinada por los abogados Matías Alejo Gentile Brezigar y Felicitas Achábal. El escrito señala que la AFA incumplió sus obligaciones como agente de retención, superando ampliamente el mínimo de $100.000 mensuales que establece el Régimen Penal Tributario para configurar delito.

Qué retenciones no depositó la AFA, según ARCA

El juez Luis Armella ordenó nueve operativos distintos en domicilios de la financiera vinculada con Claudio "Chiqui" Tapia.
Chiqui Tapia, presidente de la AFA.

Chiqui Tapia, presidente de la AFA.

El informe técnico detalla dos grandes bloques de incumplimientos:

  • Retenciones impositivas no ingresadas a término:

    $916.005.301,41 correspondientes a IVA, Impuesto a las Ganancias y el régimen de retención del artículo 79, de agosto y septiembre de 2025.

  • Retenciones de seguridad social ingresadas fuera de término:

    $6.677.898.210,82, correspondientes a contribuciones retenidas entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025.

La suma total denunciada asciende así a $7.593.903.512,23.

El argumento judicial y la postura del Gobierno

La denuncia sostiene que la AFA incurrió en el delito de apropiación indebida de tributos, previsto en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario. Para ARCA, la entidad retuvo fondos que no le pertenecían y omitió deliberadamente ingresarlos al fisco en los plazos legales.

El escrito subraya que los montos retenidos “no constituyen fondos propios de la entidad” y que su uso o demora en el depósito implica un “financiamiento indebido”.

La agencia también remarcó que existe dolo, ya que la AFA conocía sus obligaciones y contaba con los medios para cumplirlas. En esa línea, responsabiliza a los directivos —en particular al presidente Tapia— como órganos de administración que representan la voluntad de la entidad.

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