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2 de octubre de 2025 - 11:29
País.

¿El viernes 10 de octubre es feriado o día no laborable?

Se viene un fin de semana largo en este octubre, pero el dilema es: ¿es feriado nacional o día no laboral? Y ¿a quienes abarca?

Maria Eugenia Burgos
Por  Maria Eugenia Burgos

Estamos en octubre, y a esta altura del año, una de las principales preguntas es: ¿Cuándo viene un feriado nacional con fin des emana largo? Sobre este tema, el Gobierno Nacional confirmó que habrá un fin de semana largo en el décimo mes del año;

Fin del misterio: ¿Cuándo es el feriado nacional?

El pasado lunes 1° de septiembre el Gobierno publicó la resolución 139/2025 en el Boletín Oficial, por la cual se estableció que el feriado del 12 de octubre se traslada al viernes 10. De esta forma, se crea un fin de semana largo de tres días.

Estas fechas, definidas oficialmente influyen en la dinámica educativa, laboral y turística de los ciudadanos.
Feriados 2025: cuándo es el próximo fin de semana largo.

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¿El viernes 10 de octubre es feriado o día no laborable?

Según la normativa ya mencionada, se traslada el asueto del 12 de octubre de este año al día viernes 10 de octubre. Por lo tanto, se trata de un feriado nacional y no de un día no laborable. De esta forma, en el décimo mes del año se gozará de un feriado que forma un fin de semana largo de tres días.

¿Qué pasa cuando se trabaja en un día feriado nacional?

Por lo tanto, es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical. Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.

Diferencia entre feriado nacional y día no laborable

En tanto, los días no laborables es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador. En caso de que la empresa decida que se trabaje en un día no laborable, el empleado percibirá su salario simple, es decir, la remuneración habitual sin ningún recargo adicional. No se aplica el régimen de pago doble que sí rige para los feriados.

¿Qué feriados quedan en 2025?

En lo que queda del año, hay tres ocasiones en las que habrá un descanso extendido, ubicados en los últimos meses del año, ya que septiembre es un mes sin recesos. Según el calendario oficial, estos son los feriados restantes:

Octubre

Viernes 10 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

  • Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).

Diciembre

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)

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