Punto por punto: cómo es el nuevo borrador de la Reforma Laboral del Gobierno
En medio de tensas negociaciones entre el oficialismo, el sector empresarial y los sindicatos, comenzó a circular un nuevo borrador de la Reforma Laboral que el Gobierno busca aprobar. El documento detalla modificaciones sobre vacaciones, indemnizaciones, remuneraciones, ausencias, plataformas digitales y otros ejes centrales del derecho laboral.
La discusión se concentra dentro del Consejo de Mayo, donde participan funcionarios, cámaras empresarias y representantes gremiales. Sin embargo, los sindicatos profundizaron su rechazo al texto y se retiraron de la mesa de debate. Aun así, el oficialismo avanza con su propuesta de modernización laboral.
Punto por punto: cómo es el nuevo borrador de la Reforma Laboral del Gobierno
Punto por punto: cómo es el nuevo borrador de la Reforma Laboral del Gobierno
Vacaciones: flexibilización y acuerdos individuales
El borrador sostiene el derecho a un período anual de vacaciones pagas, tal como establece la Ley de Contrato de Trabajo, pero incorpora nuevas posibilidades de organización.
La principal novedad es que empleador y trabajador podrán pactar de manera individual o colectiva la extensión del período vacacional, siempre respetando los mínimos legales.
El texto fija el período para otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con una notificación obligatoria de al menos 45 días. Además:
Se habilita la acumulación excepcional de días, con autorización de la autoridad de aplicación.
Permite el fraccionamiento del descanso anual, buscando adaptarse a necesidades familiares y productivas.
Banco de horas y cambios en la jornada
El proyecto otorga a los convenios colectivos la facultad de establecer regímenes de banco de horas, francos compensatorios y otras modalidades que permitan reorganizar la jornada laboral.
Se mantienen como límites:
12 horas mínimas de descanso entre jornadas.
35 horas de descanso semanal.
Respeto del máximo semanal legal según cada actividad.
Las jornadas podrán calcularse en base a promedios, siempre que no se superen los límites establecidos. También se habilita compensar días de mayor carga laboral con otros de menor extensión.
Indemnizaciones y despidos: nuevos fondos sectoriales
Uno de los capítulos más sensibles es el de las indemnizaciones. El borrador plantea un esquema que descentraliza el sistema tradicional de pago ante despidos sin causa. Según el texto:
La indemnización habitual podrá ser reemplazada por fondos o seguros de cese laboral, creados por convenio colectivo.
Estos fondos funcionarían como ahorro previo o seguro, financiados por aportes del empleador.
El cálculo indemnizatorio incluirá:
salario básico, sumas habituales, antigüedad y todos los componentes remunerativos ordinarios. Quedan fuera premios, pagos extraordinarios y conceptos transitorios.
Además:
Se habilita el pago fraccionado de liquidaciones finales.
Se limita la aplicación de intereses sobre indemnizaciones.
Para despidos con causa, se establecen causales específicas y un procedimiento de notificación electrónica.
En caso de despido sin justa causa, se mantiene la compensación de un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses.
El texto también redefine el funcionamiento durante conflictos en servicios esenciales:
– 75% de actividad mínima en sectores críticos.
– 50% en áreas como salud, telecomunicaciones, educación, bancos, energía, transporte y logística.
Remuneraciones: digitalización y definiciones claras
El borrador establece un sistema preciso para determinar qué conceptos integran la remuneración computable. Entre los cambios se destacan:
Digitalización obligatoria de recibos de sueldo, planillas y documentación laboral.
Inclusión de sumas fijas, variables y beneficios sociales.
Exclusión de viáticos documentados y reintegros de la base remunerativa.
Mecanismos de actualización en línea con la negociación colectiva.
El objetivo es evitar controversias judiciales sobre la composición salarial.
Enfermedad y ausencias: certificados digitales y controles unificados
La reforma incorpora reglas para registrar y justificar enfermedades inculpables y profesionales:
Se habilita el uso de certificados médicos digitales con validez legal.
Habrá un sistema centralizado de control médico, accesible para empresas y seguridad social.
Se establecen normas claras para ausencias injustificadas, abandono de trabajo y prolongadas inasistencias.
Para tomar medidas disciplinarias, la empresa deberá notificar formalmente al trabajador.
Reincorporación laboral: mayor protección judicial
El proyecto fortalece la figura de la reincorporación cuando la Justicia declara ilegítimo un despido:
El trabajador podrá optar entre volver al puesto o recibir la indemnización correspondiente.
Si decide reincorporarse, el empleador deberá pagar los salarios caídos y regularizar la relación.
Respecto a accidentes y enfermedades laborales:
Si el trabajador queda con una incapacidad permanente parcial, el empleador deberá asignarle tareas compatibles, con ajuste de categoría, salario y jornada.
Si no puede hacerlo, se abonará una indemnización equivalente a la del artículo 247.
Si pudiendo, no asigna tareas adecuadas, la indemnización será la del artículo 245.
Plataformas de reparto: reconocimiento pleno como trabajadores
Uno de los cambios más trascendentes es la regulación de los repartidores de aplicaciones como trabajadores formales.
El borrador establece:
Obligación de registrarlos, hacer aportes y contribuciones.
Contratación de seguros por accidentes.
Jornada regulada, descansos obligatorios y remuneración mínima.
Reconocimiento de derechos sindicales y participación en convenios colectivos sectoriales.
El objetivo es equiparar su estatus al del resto de los trabajadores regulados.