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10 de febrero de 2026 - 09:47
Salud.

ANMAT ordenó sacar de circulación productos de limpieza y cosméticos por alertas sanitarias

La medida fue oficializada este martes en el Boletín Oficial e incluye artículos de uso doméstico y personal que no cumplían con los requisitos de seguridad exigidos.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió este martes, mediante una notificación difundida en el Boletín Oficial, adoptar medidas sanitarias que alcanzan a un lavandina, diversos artículos destinados a la limpieza de vehículos y también a productos del rubro cosmético.

En ese marco, a través de la Disposición 341/2026, el organismo ordenó vetar la utilización, venta y circulación en todo el país de la totalidad de los lotes identificados como “Agua Lavandina Común. Val chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l”.

La ANMAT retiró del mercado una serie de productos por considerarlos un riesgo para la salud.

Asimismo, el organismo dispuso la apertura de un procedimiento administrativo sanitario contra la empresa Compañía de Poliproductos Baigó S.A., así como también contra su director técnico, Oscar Gabriel Horacio Fernández.

Por qué ANMAT suspendió la comercialización de este producto

En los fundamentos de la resolución se detalla que el expediente tuvo origen en una intervención del Servicio de Domisanitarios, área que depende del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, bajo la órbita de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, con el propósito de corroborar la validez del artículo, el cual carecía de la identificación correspondiente al número de registro ante la ANMAT.

De este modo, las autoridades verificaron que, pese a que la compañía posee autorización a nivel nacional para operar en el segmento de productos domisanitarios, el artículo bajo análisis no figura inscripto en los registros de la ANMAT, motivo por el cual se convocó a la empresa para que asumiera la titularidad del producto.

Las disposiciones fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial y afecta desde productos de limpieza a artículos cosméticos.

En esa instancia, los apoderados de la firma admitieron que la mercadería les pertenecía y señalaron que había sido fabricada por la propia empresa, aunque aseguraron que no había sido puesta en circulación comercial. Asimismo, al ser consultados sobre la existencia de registro ante la autoridad competente, reconocieron que el producto tampoco contaba con esa habilitación.

En ese marco, tanto el Servicio de Domisanitarios como el área de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recomendaron vetar la utilización, venta y circulación en todo el país de la totalidad de los lotes involucrados, además de dar inicio a las actuaciones administrativas sanitarias correspondientes contra la empresa responsable.

A su vez, a través de la Disposición 360/2026, se resolvió aplicar idéntica restricción a una serie de insumos domisanitarios destinados a la limpieza y terminación de superficies de autos y motos, pertenecientes a las marcas Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil. La medida regirá hasta que los artículos obtengan el registro exigido, con la salvedad expresa de que queda excluida la silicona aromatizada de la marca Fenix.

La ANMAT prohibió un agua lavandina por irregularidades administrativas.

En los fundamentos de la medida, indicaron que el expediente se puso en marcha a partir de alertas y reclamos recibidos respecto de la validez de ciertos productos, los cuales carecían del registro obligatorio ante la autoridad sanitaria competente.

Asimismo, remarcaron que las marcas Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedani se difunden y venden activamente a través de sitios web, redes sociales y distintas plataformas de comercio electrónico, aunque no figuran debidamente inscriptas dentro de los registros oficiales correspondientes.

En relación con este punto, la empresa SERTU S.A.S., responsable de la línea Restorer, contestó un requerimiento emitido por el área de Coordinación del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos bajo control sanitario.

Por no estar debidamente registrados, la ANMAT prohibió una serie de productos domisanitarios para limpieza de autos.

La respuesta de la firma a la ANMAT

En esa respuesta, la firma reconoció que no contaba con inscripción en la provincia de Buenos Aires, motivo por el cual se le notificó que debía regularizar el registro del establecimiento y de los productos ante la ANMAT, condición indispensable para poder venderlos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o trasladarlos entre distintas jurisdicciones.

Del análisis de la información obtenida en distintos sitios de internet, se logró ubicar los domicilios declarados de las presuntas empresas responsables de los artículos comercializados bajo las marcas Impactto y Sedanil. En ese marco, la compañía vinculada a Sedanil no dio respuesta al aviso oficial, mientras que la comunicación dirigida a la firma asociada a Impactto no pudo concretarse, ya que el servicio postal informó que el domicilio consignado no existía o era desconocido.

ANMAT.

Por otra parte, se constató que Compaer SACIFIyA (RNE N° 020047953) posee un único producto inscripto de la marca Fenix, correspondiente a un silicón aromatizado destinado al tratamiento de superficies. A raíz de ello, se solicitó información a la autoridad sanitaria bonaerense respecto de la situación registral de los productos identificados bajo las marcas Bully Industry, Impactto, Marchand Car Care y Sedanil, desde donde se confirmó que ninguno de ellos cuenta con habilitación en esa jurisdicción.

Como resultado de estas irregularidades, la ANMAT resolvió avanzar con una medida restrictiva y, mediante la Disposición 361/2026, ordenó la prohibición total de los productos comercializados bajo la marca correspondiente, en todo el territorio nacional.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial un agua lavandina.

Los productos de la marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP” suspendidos por ANMAT

Puntualmente, se trata de la marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP” en todas sus presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos: Serum biomolecular en crema marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Nutrición intensa détox marca “LG - LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Máscara biomolecular 3 en 1 marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Perfume capilar con ácido hialurónico marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Serum capilar KERASSVIP reparador de puntas marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Shampoo biomolecular détox marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Afrodita rizos marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Biotina pura biopéptidos marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Tónico de crecimiento biopéptidos marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Alisado Liss sin formol marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. Plex molecular sin formol marca “LG LA GEFA COSMETICA VIP”, sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado.

ANMAT prohibió unos productos para la limpieza de automóviles.

En los fundamentos de la medida se señala que las intervenciones comenzaron luego de que el Servicio de Cosméticos y Productos de Higiene Personal detectara la venta a través de plataformas digitales de artículos capilares que carecían de habilitación sanitaria. Dichos productos se ofrecían bajo la denominación “LG - La Gefa Cosmética VIP” y presentaban etiquetas sin información correspondiente a registros oficiales.

Ante esta situación, se realizó una verificación en el registro oficial de cosméticos autorizados por esta autoridad sanitaria, sin que se encontraran antecedentes o inscripciones vigentes que coincidieran con los datos declarados en los envases de los productos observados.

En función de lo detallado anteriormente, y con el objetivo de resguardar la salud de los posibles consumidores, se decidió interrumpir la venta de los productos alcanzados por la medida. La decisión se fundamenta en que se trata de artículos irregulares, que no cuentan con registro ante esta autoridad sanitaria, cuya procedencia productiva resulta desconocida y respecto de los cuales no existen garantías verificables sobre su composición, niveles de seguridad, efectividad ni adecuación a los ingredientes autorizados por la normativa vigente.

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