El Gobierno nacional anunció la cancelación de la jubilación de privilegio de la expresidenta Cristina Kirchner, así como la pensión correspondiente al fallecido expresidente Néstor Kirchner. La decisión fue comunicada en una conferencia de prensa por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien destacó que esta decisión tendrá un impacto positivo en las finanzas del país, con un ahorro aproximado de 21.827.624 pesos anuales.
Según explicó Adorni, la Ley 24.018 otorga a los expresidentes y exvicepresidentes un beneficio económico de carácter extraordinario, como reconocimiento al “honor, mérito y desempeño” en su rol al frente de la Nación. Sin embargo, la reciente condena judicial de Fernández de Kirchner en la denominada “Causa Vialidad ”, donde fue hallada culpable de administración fraudulenta, fue el motivo principal para que el gobierno decidiera la anulación del beneficio. Adorni señaló que la expresidenta “representa lo contrario al honor y al mérito” debido a su situación judicial, lo que imposibilita que reciba una asignación extraordinaria.
“La jubilación de privilegio para los exmandatarios es un tema de debate en la Argentina. Este gobierno está comprometido en promover la equidad en el sistema previsional, y no destinaremos fondos a personas condenadas por corrupción”, afirmó. Agregó, además, que esta medida responde a un principio de “sentido común y transparencia” en la gestión pública.
El comunicado oficial
Frente a la reciente confirmación por la Cámara de Casación Penal de la condena a Cristina Fernández de Kirchner a la pena de 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, el gobierno resolvió dar de baja los beneficios de privilegio que la ex presidente venía percibiendo, tanto la asignación personal como la derivada por pensión.
La baja dispuesta por resolución de la ANSES no constituye una sanción accesoria a la condena penal que le fuera impuesta por la justicia, sino una necesaria consecuencia por la indignidad que implica haber sido considerada autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
En efecto, el beneficio previsto por la Ley N° 24.018 para ex presidentes y ex vicepresidentes de la Nación, es una asignación graciable, sin carácter previsional, que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño del cargo. No tiene carácter contributivo - esto es, no está sustentada en aportes equivalentes realizados por el propio beneficiario - sino que constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor.
La condena confirmada por la segunda y última instancia judicial ordinaria, afecta el presupuesto legal que tiene en miras este privilegio, de por sí discutible. Haber sido encontrada culpable de un delito contra la administración pública en el ejercicio de su función como Presidente de la Nación, torna inadmisible que pueda seguir percibiendo asignaciones de privilegio que le fueron otorgadas con carácter excepcional y extraordinario por un supuesto buen desempeño y el honor del cumplimiento de su función presidencial. Tales premisas no pueden ser sostenidas frente a la sentencia de Casación Penal.
Por todo ello, un elemental respeto a la coherencia de la gestión de gobierno y de las consecuencias que debe tener la comisión de esta clase de delitos que atentan contra el sistema democrático por quien tuviera a su cargo los destinos y administración de la Nación, justifica la medida adoptada.
Por último, es preciso destacar la ejemplaridad que la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política que debe recuperar los valores éticos e institucionales que supieron cultivar nuestros próceres y padres fundadores.
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