Quiénes tienen que renovar el DNI con el nuevo formato y qué deben tomar en cuenta
Desde el 1 de febrero rige en la Argentina un nuevo régimen de documentación anunciado por la Registro Nacional de las Personas (Renaper), que introduce cambios técnicos y de seguridad en el Documento Nacional de Identidad (DNI) y el pasaporte. La medida forma parte de un “plan de modernización” que busca aumentar la seguridad y adecuar los documentos argentinos a estándares internacionales.
Quiénes tienen que renovar el DNI con el nuevo formato y qué deben tomar en cuenta
Quiénes tienen que renovar el DNI con el nuevo formato y qué deben tomar en cuenta
¿Es obligatoria la renovación?
De acuerdo con lo informado por la Registro Nacional de las Personas, tanto el DNI como el pasaporte mantendrán plena vigencia hasta la fecha de vencimiento impresa en cada ejemplar. Es decir, no es obligatorio realizar el trámite de renovación de manera inmediata si el documento se encuentra vigente.
Sin embargo, deberán gestionar un nuevo DNI quienes tengan el documento vencido, necesiten actualizar datos personales (como cambios de domicilio o estado civil) o hayan sufrido robo, extravío o deterioro del ejemplar. En esos casos, el trámite es obligatorio.
El organismo aclaró además que la implementación será progresiva. Durante los primeros días de aplicación, algunas personas que inicien el trámite podrían incluso recibir el modelo anterior, en el marco de una transición que no afectará la validez de los documentos actuales ni la circulación de los ciudadanos.
Cómo es el nuevo DNI
El nuevo DNI, que alcanza tanto a ciudadanos argentinos como a extranjeros nacionalizados, mantiene el formato de tarjeta de policarbonato con chip sin contacto incorporado. No obstante, presenta modificaciones en los datos visibles del anverso y reverso.
El chip almacenará la información del titular de forma encriptada y permitirá validar la identidad de manera segura, sin necesidad de consultar bases de datos externas. Según el Gobierno nacional, esta tecnología brindará mayor seguridad, dificultará la falsificación y mejorará la protección de los datos personales.
Además, se actualizaron elementos visuales y formatos para reforzar la compatibilidad con estándares internacionales en materia de identificación.
Qué pasa con los menores y recién nacidos
El plan de modernización también incluye a los menores de edad. Los niños y adolescentes menores de 14 años recibirán un DNI con las mismas características tecnológicas que el de los adultos.
Como excepción, los documentos de los niños menores de 5 años llevarán impresa la firma del padre, madre o tutor legal. Una vez cumplidos los cinco años, se incorporará la firma del menor. En el caso de los recién nacidos, se emitirá un DNI “0 Año” provisorio, válido dentro del territorio nacional y con los datos biográficos y filiatorios correspondientes.
Con estas modificaciones, el Estado apunta a fortalecer la seguridad documental sin exigir una renovación masiva inmediata, priorizando una transición ordenada hacia el nuevo formato.